INDICE
¿Qué es? 📜
Es un impuesto municipal obligatorio que deben pagar todos los propietarios de vehículos con motor que puedan circular por las calles o carreteras.
Lo gestionan los ayuntamientos, no la DGT ni Hacienda estatal.
Otro nombre por el que se suele conocer a este impuesto es “impuesto de circulación”
¿Cuándo está exento de pagarlo?
🔹Los vehículos oficiales
🔹Vehículos de servicio sanitario
🔹Coches históricos o adaptados para personas con movilidad reducida, que pueden estar exentos o tener bonificaciones.
🔹Maquinaria con Cartilla de Inspección Agrícola
¿Cuándo se paga?
🔹Se paga una vez al año.
🔹Cada ayuntamiento fija el plazo, aunque suele ser entre abril y junio.
🔹El recibo suele llegar al domicilio, o lo puedes domiciliar para que se cargue automáticamente.
¿Cuánto cuesta? 💰
La cantidad varía según:
🔹Potencia fiscal del vehículo (CV fiscales, no confundir con caballos de potencia del motor).
🔹Tipo de vehículo (moto, coche, camión…).
🔹Municipio donde esté matriculado (cada ayuntamiento fija sus tarifas dentro de unos límites legales).
¿Dóde y cómo se paga?
- En el ayuntamiento de forma presencial o a través de la sede electrónica.
- En bancos o cajas autorizados, con el recibo.
- Por domiciliación bancaria.
¿Qué pasa si no lo pago?
- El ayuntamiento puede reclamar la deuda con recargos.
- Te pueden embargar cuentas o bienes si se acumulan impagos.
- Además, no podrás hacer trámites en la DGT (como transferir el coche a otra persona) si el impuesto no está al día.
Nota importante
La información ofrecida en este tutorial tiene un carácter meramente informativo y orientativo. Aunque se ha elaborado con el máximo cuidado y procurando mantener la información actualizada en el momento de la realización del tutorial, los procedimientos, requisitos o enlaces oficiales pueden variar con el tiempo según la normativa o las decisiones de cada administración pública.
Esta web no se hace responsable de posibles errores, omisiones o cambios en los trámites descritos, ni de los resultados obtenidos por el uso de esta información.
Se recomienda consultar siempre la página oficial o el organismo competente antes de realizar cualquier gestión administrativa, ya sea de forma presencial u online.
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