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¿Qué es un certificado de nacimiento?
El certificado de nacimiento es un documento oficial único que acredita el nacimiento de una persona. Tiene información importante como el nombre, fecha y lugar de nacimiento, nombre de los padres, sexo, fecha de la expedición…
El Registro Civil es la oficina encargada de guardar, registrar y expedir estos documentos.
¿Qué es la inscripción de nacimiento?
Cuando nace un bebé, uno de los primeros trámites legales que los padres deben realizar es la inscripción de nacimiento. Este procedimiento es esencial ya que reconoce oficialmente la existencia del recién nacido. Este documento es el asiento registral extendido por la persona encargada del Registro Civil que da fe y certifica del hecho del nacimiento de tal persona, aquí se aparecen los datos como la fecha, hora y lugar del nacimiento, la identidad del recién nacido, sexo, identidad de los padres…entre otros datos.
Esta inscripción es fundamental para que el nacido tenga una identidad legal reconocida y pueda acceder a los diversos derechos y servicios como ciudadano.
¿Cómo se realiza la inscripción?
Te explicamos en este punto como se lleva a cabo:
🔹 Inscripción desde el centro hospitalario:
En la mayoría de las situaciones, si el nacimiento tuvo lugar en un hospital o clínica, el mismo centro es el que se encarga de enviar al Registro Civil todos los documentos requeridos para llevar a laco la inscripción de nacimiento. Por lo tanto, no será imprescindible que los padres acudan al Registro Civil, a menos que la documentación enviada incluya algún fallo, omisión o inexactitud que requiera subsanación posterior, o bien, sea uno de los casos estipulados por la legislación del Registro Civil que requieran personación en el mismo.
🔹 Inscripción en el Registro Civil:
Los responsables de inscribir el nacimiento (progenitores) disponen de un plazo de 10 días para declarar el nacimiento ante la oficina del Registro Civil. Este plazo se puede ampliar hasta 30 días si hay una causa razonable por tal retraso, la cual habría que justificar.
🔹 Inscripción en embajadas o consulados:
Si el bebé ha nacido en otro país.
Documentación demandada
Para realizar la declaración de forma presencial, se debe presentar el documento oficial que facilitan las autoridades competentes, correctamente cumplimentado. Este documento incluirá información sobre los declarantes, el nombre elegido para el recién nacido, el orden de sus apellidos, y su filiación paterna y/o materna. Además, es esencial presentar el parte médico del nacimiento, que debe ser firmado por el facultativo que asistió el parto.
A) Hijos matrimoniales:
Se debe presentar el documento oficial relleno y firmado debidamente, la identificación de la persona que comparece, los DNIS de los padres, la relación con el recién nacido, el orden de los apellidos y el parte médico del alumbramiento (facilitado por el hospital en el que tuvo lugar). También se debe presentar el libro de familia.
B) Hijos no matrimoniales:
Se deberá aportar el DNI de la persona que comparece, el parte médico del alumbramiento y si el estado civil de la madre es casada, deberá aportar certificado de matrimonio en el que conste el divorcio o la separación legal, o bien, acreditar la separación de hecho del cónyuge.
C) Nacimientos ocurridos fuera del Registro Civil donde se va a inscribir:
Aquí se debe presentar la documentación señalada en el apartado A y B (según el caso) y además se tiene que aportar el empadronamiento que verifique el domicilio de los progenitores.
D) Nacimientos de progenitores con nacionalidad distinta a la española:
Para las inscripciones de niños cuyos padres tienen nacionalidad distinta de la española es necesario que aporten un certificado de la embajada de su país de origen informando sobre la trasmisión de los apellidos de los padres al recién nacido según la legislación de dicho país.
Inscripción de nacimiento fuera de plazo
Hay situaciones en las que ya ha pasado un largo tiempo desde el nacimiento, se podría requerir una resolución dictada en expediente registral para proceder con la inscripción, sería por ejemplo, una inscripción fuera de plazo. Para inscribir los nacimientos fuera de plazo, será necesario acudir a nuestro Registro Civil, donde se nos informará de la documentación a presentar, según el caso, para proceder a la apertura del expediente correspondiente.
Debemos entender que este proceso puede variar según la jurisdicción o el país.
¿Dónde se puede realizar la inscripción?
A continuación le mostramos los lugares donde se puede realizar la inscripción del nacimiento:
- Registro Civil Municipal: Por norma general, los nacimientos deben inscribirse en el Registro Civil del lugar en el que se produce el nacimiento. Esto significa que, si el alumbramiento ocurre en un municipio específico, se debe acudir al Registro Civil de dicho municipio. En el caso de nacimientos en el extranjero, pero con progenitores de nacionalidad española, es posible inscribirlo en el Registro Consular correspondiente.
- Registro Civil del domicilio de los progenitores: No obstante, y aquí hay una particularidad interesante, si el nacimiento ocurre en territorio español y la inscripción se solicita dentro del plazo establecido, existe la posibilidad de inscribirlo en el Registro Civil correspondiente al domicilio de uno de los progenitores legalmente reconocidos, es decir, donde se encuentren empadronados.
¿Quién puede inscribir el nacimiento?
- Dirección de hospitales y clínicas.
- Personal médico que haya atendido el parto fuera del establecimiento sanitario.
- Los progenitores, aunque hay excepciones en casos como la renuncia de la madre, en este caso será asumida por la Entidad Pública correspondiente.
- El pariente más cercano o cualquier adulto presente en el momento del nacimiento.
Coste del trámite
Gratutito ✅
Nota importante
La información ofrecida en este tutorial tiene un carácter meramente informativo y orientativo. Aunque se ha elaborado con el máximo cuidado y procurando mantener la información actualizada en el momento de la realización del tutorial, los procedimientos, requisitos o enlaces oficiales pueden variar con el tiempo según la normativa o las decisiones de cada administración pública.
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Se recomienda consultar siempre la página oficial o el organismo competente antes de realizar cualquier gestión administrativa, ya sea de forma presencial u online.
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