Sobre el impuesto de sucesiones.

Si quieres conocer todos los detalles del impuesto de sucesiones y aprender a calcularlo, sigue leyendo.

Trámites ante la Administración Pública

¿Qué es el impuesto de sucesiones?

Es un impuesto que pagas cuando recibes una herencia: dinero, casa, coche, acciones, etc.

Se paga por el hecho de adquirir bienes y derechos de alguien que ha fallecido.

No lo paga la herencia en sí, lo paga cada heredero o legatario según lo que recibe.

Está regulado a nivel estatal, pero cada Comunidad Autónoma fija reducciones, bonificaciones y tarifas → lo que pagues depende mucho de dónde vivas.

 

¿Quién tiene que pagarlo?

  • Las personas que heredan o reciben bienes, ya sea mediante testamento o por sucesión legal.
  • Igualmente, los beneficiarios de pólizas de vida en caso de que fallezca la persona asegurada.

Ejemplo:

  • Si tu padre te deja una casa, tú eres el heredero y debes liquidar el impuesto.
  • Si tu madre tenía un seguro de vida a tu favor, lo que cobres tributa también en sucesiones.

 

¿Dónde se paga?

Se liquida en la Comunidad Autónoma donde el fallecido tenía su residencia habitual (aunque los bienes estén en otro sitio).

 

Plazos

🔹Dispones de un plazo de 6  meses a partir de la fecha del fallecimiento para realizar la presentación y efectuar el pago.

🔹Puedes pedir una prórroga de otros 6 meses (pero hay que pedirla en los primeros 5 meses).

🔹Si te pasas, hay recargos e intereses.

 

¿Cómo se calcula lo que pagas?

A grandes rasgos:

  1. Se hace un inventario de los bienes del fallecido (dinero, inmuebles, coche, etc.).
  2. Se descuentan deudas y gastos deducibles (hipotecas, entierro, deudas pendientes).
  3. Sale la masa hereditaria.
  4. Se reparte según lo que te toca.
  5. A tu parte se aplican reducciones (por parentesco, vivienda habitual, empresa familiar, discapacidad…).
  6. A la base resultante se aplica un tipo impositivo progresivo (más recibes = más %).
  7. La Comunidad Autónoma puede aplicar bonificaciones (ejemplo: en Madrid, bonificación del 99% para herencias de padres a hijos).

 

¿Cómo se solicita/presenta?

1. Reúne la documentación:

  • Certificado de defunción.
  • Testamento o la declaración de herederos (copia autorizada).
  • Documentos de los bienes: escrituras, recibos IBI, extractos bancarios, seguros…
  • DNI/NIE de los herederos.

 

2. Haz la autoliquidación (modelo oficial):

    Modelo 650 (herencias).
  • Si solo hay bienes en una Comunidad, se presenta ahí.

 

3. Presenta la declaración:

  • Puede ser online (muchas CCAA permiten hacerlo con certificado digital/Cl@ve).
  • O presencial en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma.

 

4. Paga el impuesto (si sale a pagar):

  • Con carta de pago en el banco colaborador o telemáticamente.
  • Guarda el justificante: lo pedirán para inscribir bienes en el Registro de la Propiedad.

 

Consejos prácticos 💡

  • Infórmate de las reducciones de tu CCAA: pueden ahorrarte mucho dinero (ejemplo: vivienda habitual heredada, empresa familiar, etc.).
  • Evita las multas pidiendo la prórroga.
  • No olvides el banco: para desbloquear cuentas suelen pedir justificante de haber liquidado sucesiones.
  • Asesórate si la herencia es grande o complicada: el cálculo puede ser complejo.
  • Si solo recibes poco valor (ej. menos de 3.000 €), en algunas CCAA puede haber exenciones o mínimos.

Resumen

Te lo resuminos de un vistazo

Resumen esquema impuesto sucesiones

 

Nota importante

La información ofrecida en este tutorial tiene un carácter meramente informativo y orientativo. Aunque se ha elaborado con el máximo cuidado y procurando mantener la información actualizada en el momento de la realización del tutorial, los procedimientos, requisitos o enlaces oficiales pueden variar con el tiempo según la normativa o las decisiones de cada administración pública.

Esta web no se hace responsable de posibles errores, omisiones o cambios en los trámites descritos, ni de los resultados obtenidos por el uso de esta información.

Se recomienda consultar siempre la página oficial o el organismo competente antes de realizar cualquier gestión administrativa, ya sea de forma presencial u online.

 

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